LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1812

 

 

Por: César Huertas

Muy poco se ha difundido sobre este acontecimiento en nuestro medio, que no sólo era para los españoles sino también para los americanos. Lamentablemente duro muy poco, si hubiera perdurado, otro hubiera sido el destino de España por el oscurantismo y absolutismo que existía en ese reino y también para los americanos, posiblemente nos hubieramos independizado sin necesidad de tantos años de guerra . Las monarquías absolutistas de Europa vieron en esta Constitución un peligro mayor que la Revolución Francesa, toda vez que esta Carta Magna podría ser emulada por otros países europeos, como así lo fue, pero tuvo corta duración porque el absolutismo de Fernando VII se impuso, como vamos a ver.

¿Cómo es que se gesta esta Constitución?

Aunque ya hemos tratado de los sucesos en España sobre la invasión francesa en 1808, iremos directamente a las consecuencias en forma resumida, fue un gran desastre para este reinado, toda vez que su monarca recién ungido, Fernando VII, había sido apresado en Francia [1] y remplazado por José Bonaparte, hermano de Napoleón. El pueblo español nunca había tenido tal afrenta, se hallaba totalmente desconcertado, lo que dio lugar a que se formaran Juntas de Gobierno en localidades donde aún no había llegado la fuerza de las armas invasora. Juntas que continuaban con la labor administrativa del reino y colaborando con el Ejército con la formación de guerrillas.

Poco después se centralizaron en Sevilla en una Regencia, y ésta convocó a una reunión a Cortes en la isla de León el 24 set 1810, para lo cual hubo elecciones para clases acomodadas y al final la reunión fue en Cádiz. Es aquí donde se convocan las Cortes, una especie de parlamento para debatir acerca de la invasión francesa y emitir una primera Constitución, más liberal, acorde con los tiempos que iban cambiando, en vista que España era una monarquía absolutista.

Durante la ocupación francesa el pueblo español se había dividido ideológicamente . Había algunos partidarios de los franceses, a los cuales denominaron los “afrancesados”, partidarios de la república que predicaban abolir la monarquía, partidarios liberales que deseaban una monarquía, pero constitucional como Inglaterra, conservadores con similar predica y los absolutistas que deseaban que vuelva Fernando VII con un gobierno absolutista.

Como es comprensible estas diferencias también llegarían al seno de las Cortes de Cádiz, donde expusieron sus ideas y argumentos los representantes de regiones de España y también de las colonias de ultramar.

Se reunieron alrededor de 300 diputados de los cuales 60 eran americanos, los cuales reclamaron porque la proporcionalidad de representantes frente a sus habitantes no era la adecuada.

Luego, de muchos debates y discusiones salió a la luz la Constitución de 1812, que fue aprobada el 19 de marzo de 1812, día de San José, por lo que los hispanos la denominaban “La Pepa”. Liberal, temperada con la monarquía constitucional de Inglaterra, que estableció una ideología revolucionaria por sus ideas, similares a la francesa [2]

Era una Constitución que fijaba nuevos conceptos dentro de una monarquía, como nación, y nacionalismo frente a su lucha contra los franceses, con una terminología revolucionaria y un nuevo concepto de soberanía (Sánchez Agesta, 1990 pp. 11-13)

Entre cuyas medidas más importantes: prohibió la tortura, disolvió la Inquisición y abolió la esclavitud.

Además, en sus artículos 2 y 3 de la Constitución señalaba: «no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona»; y porque la soberanía reside esencialmente en la nación, le pertenece «exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales».

Así mismo estableció la igualdad de nacionalidad; en el Art. 5, establece: Son españoles todos los hombres libres nacidos y avencidados en los dominios de las Españas, y los hijos de estos [3]. De igual manera, estableció la libertad de expresión e imprenta en el art. 371.

Fueron firmantes los siguientes diputados del Perú: Dionisio Inca Yupanqui, Antonio Zuazo, por Perú, Lorenzo Bermudes por Tarma, Pedro Garcia por Trujillo, Ramon Feliú, Perú, Vicente Morales Duarez, Perú, Blas Ostolaza, Reino del Perú, Francisco Salazar, Perú José Navarrete, Peru, secretario. (Transcrito literalmente). (Cádiz, 2012)

Según Víctor Peralta, historiador peruano, residente en España «la diputación peruana tuvo una actuación descollante; principalmente Morales Duárez, Ostolaza y Feliú» (Peralta, 2008 p. 68)

Al aprobarse la nueva Constitución y al tener que seguir funcionando las Cortes, se eligió a Morales Duárez como Presidente de las Cortes, lamentablemente murió a los pocos día de una apoplejía, 2 de abril 1812, antes de asumir la Presidencia.

Como comprenderán en plena efervescencia revolucionaria, sus disposiciones legislativas en Sud américa fueron ambiguas, particularmente en el Perú. Fernando de Abascal, hacía todo lo que estaba a su alcance para no juramentarla y no cumplirla. Por un lado, las nuevas ideas propagaron el liberalismo, la igualdad y la soberanía popular, pero también traía problemas, toda vez que, exoneraba de tributos a los indígenas, pero los corregidores al recibir menor paga abusaban de ellos al venderles a la fuerza mercadería [4], en competencia con los curas. Este abuso fue una de las causas de la rebelión de Huánuco de 1812.

De forma similar las elecciones para alcaldes y diputados trajo problemas, así en el Cusco, como en el resto de los cabildos, se formaron grupos constitucionalistas antagónicos de los grupos absolutistas, y pronto ello llevo a la confrontación de los criollos Angulo y anti-limeños contra los absolutistas, ocasionando la Rebelión del Cusco en 1814.

Por otro lado, la elección de los diputados para las Cortes de Cádiz también estuvo manipulada por el virrey Abascal. No está demás decir que los aristócratas limeños veían en esta Constitución una fuerte pérdida de privilegios, y algunos de ellos preferían la causa emancipadora en vez de estar gobernados bajo un régimen libertario.

Todo volvió a la tranquilidad cuando la Constitución fue derogada el 4 de mayo de 1814, por Fernando VII que había vuelto al trono español, al terminar la guerra contra los franceses, restaurando el absolutismo monárquico. En consecuencia, tuvo apenas una duración de casi dos años. El Rey no iba a tolerar que con esta Constitución se había pasado de la hacienda real a la hacienda de la nación.

A fines de 1819, España organizaba un fuerte contingente, alrededor de 20,000 hombres, para recuperar sus colonias a cargo del Conde de Calderón. Un militar liberal, Rafael del Riego [5] sublevó a su batallón con un pronunciamiento a favor de la Constitución de 1812, que fue tomando fuerza, hasta que el 10 de marzo, presionado Fernando VII brindó apoyo a la Constitución mediante un manifiesto. De esta forma se restableció la Constitución de 1812 y las Cortes con sus diputados. (nuevamente por poco tiempo)

Pero a diferencia de las Cortes de 1812, los diputados peruanos no hicieron un buen papel, como lo asegura Asunción Martínez:

En este debate se han privilegiado los asuntos de la representación igualitaria y la defensa de la autonomía americana demandadas en las Cortes por los diputados americanos y, en especial, los representantes de Nueva España (Sánchez Andrés, 1997; Frasquet, 2005; Broseta,2012). Los diputados por el Perú que estuvieron en las Cortes brillaron por su ausencia en el abordaje de este asunto. (Martínez, 2014 p. 28)

De esta manera se estableció en España un gobierno denominado del Trienio, porque solo duraría 3 años. Fernando VII solicitó apoyo a la Santa Alianza para restablecer el absolutismo, a lo que accedió enviando 100,000 hombres, volviendo nuevamente el absolutismo a España y las colonias, persiguiendo y encarcelando a los liberales. Terminando de este modo el intento de hacer de España una monarquía constitucional y más liberal.

 

[1] Fernando VII había confabulado con Napoleón para destronar a su padre Carlos IV, para que lo coronen como Rey. Presionado por Napoleón abdica a la corona en Bayona y es recluido en cárcel dorada en el castillo de Valençay donde paso el período de las luchas de Independencia de España.

[2] Los reyes absolutistas de Europa que conformaban la Santa Alianza le tenían mas temor a la Constitución de 1812, que, a la Revolución francesa, toda vez que pudiera ser imitada por otras naciones.

[3] Estaban considerados los indígenas, mas no así los negros y otras castas.

[4] El reparto y venta de mercadería era un abuso frecuente contra los nativos y mestizos, que se enganchaban con deudas a los corregidores y curas que también hacían uso de estas arbitrariedades. Costumbre que en nuestro país subsistió hasta 1968.

[5] Rafael del Riego es un símbolo del liberalismo en España, fue ajusticiado por Fernando VII.  El himno de Riego sería el Himno oficial de España durante la Segunda República.

 

 

BIBLIOGRAFIA:

Cádiz, C. de. (2012). Constitución Política de la Monarquía Española. Imprenta Real.

Martínez, A. (2014). La Independencia Inconcebible (Instituto Riva Agüero, Ed.). Fondo Editorial PUCP.

Peralta, V. (2008). El impacto de las Cortes de Cádiz en el Perú. Un balance historiográfico. Revista de Indias, 68(242), 67–96.

Sánchez Agesta, L. (1990). Sobre la constitución de Cádiz. Revista Española de Derecho Constitucional, 30, 9–26.

 

Comentarios

Entradas más populares de este blog

LA ANARQUÍA MILITAR

EL ESCÁNDALO DEL PRESIDENTE RUFINO ECHENIQUE

LA GUERRA CORTA ENTRE PERÚ Y BOLIVIA